En mi condición de Presidente Nacional de la Organización Sindical, y conocedor de la difícil situación política organizativa por la que atraviesa la subdirectiva de ASONAL JUDICIAL S.I. en Armenia, y de conformidad con el art. 25 numeral 15 de los estatutos, que refiere: “Resolver en cuanto sea posible las diferencias que se susciten entre las subdirectivas o comités sindicales, sus juntas directivas, o entre estas y sus afiliados.”, procedo a intervenir con el ánimo de limar asperezas o tensiones entre los miembros de esa Junta Directiva, así como de sofocar cualquier intento de fraccionar o dividir a nuestra Organización Sindical en esta gran región del país.
INTERVENCION_ARMENIA
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