La Asociación Nacional de Trabajadores del Sistema Judicial Colombiano y Afines – Sindicato de Industria – ASONAL JUDICIAL S.I., alerta a toda la comunidad judicial sobre los efectos económicos y prestacionales del Decreto 0030 de 2026, al interior de la escala salarial en el poder judicial colombiano.
La supresión de la prima especial de servicios, modifica la remuneración no solo de los congresistas, sino que afecta los ingresos mensuales para los Magistrados de las Altas Cortes y producto de ello, se genera un fenómeno dominó o cascada al interior del poder judicial colombiano.
Con la promulgación del Decreto 0030/2026, el Gobierno de Colombia, redefine el régimen salarial para los altos funcionarios del Estado, en el ejecutivo, legislativo y judicial por cuanto no podría alterar la filosofía de la Ley 4/1992, teniendo que, al impactar funcionarios de la escala superior, sus pares inferiores también serán objeto de disminución de sus montos salariales, en razón al criterio del “80% de lo que devenga el superior jerárquico”.
Entendiendo que la decisión adoptada por la Presidencia de la República, pretende entregar una equidad salarial en todo el espectro laboral estatal y en concordancia con la realidad económica del país, que se pudiera tomar como un esfuerzo para asegurar la racionalidad en el gasto público. Pareciera que no se dimensionó los efectos devastadores en toda la estructura pública de orden nacional; es decir, la medida también impacta a los restantes poderes públicos -ejecutivo y judicial-, pues para ello, el legislador profirió una norma marco para regular y cerrar las brechas salariales, como efectivamente lo fue, la Ley 4 de 1992.
Los cargos que se verían afectados de manera directa por simetría salarial, son magistrados de las Altas Cortes, la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República y la Defensoría del Pueblo, otros cargos de alto nivel como el Registrador Nacional del Estado Civil y los miembros del Consejo Nacional Electoral (CNE), el Fiscal General de la Nación, magistrados del Tribunal de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), Magistrados Auxiliares y abogados asistentes de las Altas Cortes, Magistrados de los Consejos Seccionales de la Judicatura, Magistrados del Tribunal Nacional, y Magistrados del extinto Tribunal Disciplinario y los Procuradores Delegados de la Procuraduría General de la Nación, luego seguirían Magistrados de Tribunales, Jueces Especializados, Jueces del Circuito, Jueces Municipales y Fiscales Delegados ante estos funcionarios, se verían afectados por los mismos criterios de ajuste.
ASONAL JUDICIAL S.I., llama a todos los funcionarios del Poder Judicial Colombiano, a estar alertas y en defensa de sus derechos salariales, que huelga advertir, las asignaciones actuales no han sido dadivas de gobierno alguno, han sido producto de la lucha organizada desde el movimiento sindical colombiano, representado por esta organización sindical.
Cordialmente,
DIEGO ESCOBAR CUÉLLAR
Presidente Nacional

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